Licencias que no requieren examen práctico

En Costa Rica existen algunas licencias que no requieren examen práctico , la mayoría de personas inicia su camino como conductores con una licencia básica, como la B1 para vehículo liviano o la A1 para motocicleta de bajo cilindraje. Sin embargo, con el tiempo, algunos necesitan acceder a otras categorías por motivos laborales o porque su vehículo ya no encaja dentro de la licencia inicial.

La pregunta que muchos se hacen al llegar a este punto es sencilla:
¿Siempre hay que hacer el examen práctico otra vez?

La respuesta es no. Hay categorías que, según la normativa de Educación Vial y la Ley de Tránsito 9078, no piden prueba práctica para su emisión. Aquí te explico cuáles son, por qué están exentas y qué se solicita en lugar de la prueba.

Sin importar la categoría que deseás tramitar, hay una regla que nunca cambia:
el examen teórico debe estar aprobado previamente.
La exoneración aplica únicamente al práctico, nunca al teórico.


La licencia C1 permite manejar taxi y formar parte del servicio de transporte público.
Para esta categoría, Educación Vial no exige prueba práctica, pero sí requiere demostrar experiencia comprobada en carretera.

Requisitos principales

  • Tener entre 2 y 3 años de experiencia con una licencia B o C2.
  • Estar al día con dictamen médico y documento de identidad.

La razón de la exoneración es que el conductor ya ha demostrado experiencia suficiente al manejar vehículos livianos o pesados durante varios años.


La clase D se reserva para maquinaria especial utilizada en agricultura, industria o construcción. A diferencia de vehículos normales, estos equipos no se manejan en vías públicas, por lo que la evaluación práctica tiene un enfoque distinto.

Las categorías son:

  • D1: Vehículos tractores de llanta
  • D2: Tractor de oruga
  • D3: Maquinaria especial que no entra en D1 o D2

En estos casos, no existe examen práctico tradicional. Lo que Educación Vial solicita es una carta de experiencia comprobada, emitida por instituciones como:

  • Fuerza Pública
  • Policía de Tránsito
  • Empresas privadas certificadas
  • Instituciones públicas autorizadas

Única excepción

La grúa de arrastre sí requiere examen práctico, y el día de la prueba el conductor debe presentarse con el vehículo acoplado para realizar las maniobras.


La Licencia Universal permite conducir prácticamente cualquier vehículo que circule en Costa Rica. No incluye transporte público, porque este requiere sus propios procesos adicionales.

Su emisión no exige prueba práctica, pero sí experiencia acumulada en distintas categorías.

Requisitos según el tipo

  • E1 debe poseer A-3 y B-4 con 1 año de experiencia en cada una, no incluye licencias tipo C-1, ni C-2.
  • E-2 debe poseer A-3 y B-4, al menos con 1 año de expedida cada una más la D-1, D-2 y D-3. No incluye licencias tipo C-1 ni C-2.

El objetivo es consolidar toda la experiencia del conductor en un solo permiso, sin necesidad de volver a demostrar habilidades que ya han sido validadas en otras categorías.


Quienes cumplan los requisitos y estén exentos de la prueba práctica deben dirigirse directamente al Departamento de Acreditación de Conductores de Educación Vial. Una vez aprobada la gestión, el trámite continúa en el Banco de Costa Rica, donde se realiza el pago e impresión de la licencia nueva.

Recordá llevar:

  • Documento de identidad vigente
  • Dictamen médico digital activo
  • Examen teórico aprobado
  • Documentos que comprueben experiencia (si aplican)

En Costa Rica, categorías como la C1, las licencias de Clase D y la Licencia Universal pueden obtenerse sin examen práctico, siempre que el conductor cumpla los requisitos legales y demuestre su experiencia previa.
Esto agiliza trámites y facilita que quienes ya manejan ciertos vehículos puedan regularizar su situación sin repetir pruebas innecesarias.

Scroll to Top